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lunes, 14 de mayo de 2012

Noticia de www.autismodiario.org

Os pongo un fragmento de una noticia de la web www.autismodiario.org que ha llamado mi atención (y no precisamente de forma grata).

"Paul tiene 23 años, está afectado por una miocardiopatía denominada “Ventrículo izquierdo no compactado”, esta cardiopatía es compleja, pero existen en la actualidad diferentes técnicas para solventar o mejorar esta afección. Se han utilizado una variedad de terapias médicas, incluyendo digoxina, diuréticos, inhibidores de la enzima convertidora de la angiotensina, agentes que reducen la postcarga, y para aquellos casos sospechosos de tener una miopatía mitocondrial subyacente, un “cocktail metabólico” conteniendo coenzima Q10, riboflavina, tiamina y carnitina , y como última instancia un trasplante. Es esta última opción al que necesita Paul, un trasplante, sin embargo Paul ha sido rechazado para entrar en el programa de trasplantes. Ha sido considerado no valido, y no es considerado válido en base a esta respuesta: “He recomendado en contra del trasplante debido a los problemas psiquiátricos, autismo, la complejidad del proceso, los procedimientos múltiples y el efecto desconocido e impredecible de los esteroides sobre el comportamiento” En resumen, el Autismo se convierte de pronto en un aspecto básico para decidir si alguien es válido o no para un trasplante. Se obvia que tenga 23 años (A menos edad más puntos), se obvia que exista un riesgo vital (Que también suma puntos), pero se prima de forma negativa que tenga autismo. Es pues una condena a muerte a lo que Paul se enfrenta, su crimen es sencillamente tener autismo. El que haya escrito un libro no parece estar a su favor, o que sea un joven con muchas ganas de vivir, no, todo eso no cuenta, tiene autismo y se le excluye del derecho a la vida.
Su madre, Karen Berkheiser Corby, ha iniciado una acción para conseguir todos los apoyos posibles, ha puesto en marcha una recogida de firmas y os animamos a apoyar esta petición solo tenéis que hacer clic en http://www.change.org/petitions/help-my-autistic-son-get-a-life-saving-heart-transplant y apoyar la petición. Hoy es Paul quien necesita ayuda, mañana puede tocarnos a nosotros, es pues nuestro deber y nuestra obligación difundir la historia de Paul, presionar a las instituciones, en resumen, conseguir que una madre sienta que mucha gente camina a su lado". 

XIX Feria de la primevara


Fecha inicio: 19/05/2012
Fecha fin: 20/05/2012

Descripción: En el Parque de viveros de Valencia, se apuesta por dar a conocer el mundo de la discapacidad intelectual, de este modo los jardines de los viveros se convierten en un espacio abierto a todos mediante un extenso programa de actos: Juegos, talleres, espectáculos, conciertos, gastronomía.

Dirección: C/ San Pío V, s/n
Localidad: Valencia
Teléfono: 963301477
E-mail contacto: ria.bonagent@gmail.com

Programa Jornadas sobre Asperger



Jornada Síndrome de Asperger – Inclusión y desarrollo personal


Jornada Síndrome de Asperger – Inclusión y desarrollo personal

26 may 2012 – 09:45
Mislata
Ubicación
Centro Cultural de Mislata
Dirección.
Avenida Gregorio Gea nº34 
Ciudad.
Mislata 

Fuente: http://autismodiario.org/eventos-2/jornada-sindrome-de-asperger-inclusion-y-desarrollo-personal/

viernes, 4 de mayo de 2012

Cuadro Resumen Escolarización

Este cuadro lo he recogido del Proyecto Ambezar.(http://www.juntadeandalucia.es/averroes/ambezar/esquema.html). Es muy bueno y, si te metes en esta dirección, podrás incluso acceder a documentos relacionados

Proceso de escolarización del alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo derivadas de Discapacidad


PROCESO DE ESCOLARIZACIÓN DEL ALUMNADO CON DISCAPACIDAD

¿Qué normativa regula la escolarización del alumnado con discapacidad?

La ORDEN de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula la realización de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización.

¿Cuál es el proceso que se lleva a cabo?

"1. El Equipo de Orientación Educativa en las etapas de Educación Infantil o Primaria y el Departamento de Orientación en la Educación Secundaria Obligatoria, realiza una evaluación psicopedagógica, con la ayuda del equipo docente y la familia, en su caso, que interviene con el alumno o alumna, si ya está escolarizado.

2. El Equipo de Orientación Educativa emite un dictamen de escolarización en el que se propone la modalidad de escolarización más adecuada, así como los apoyos y recursos necesarios.

3. Durante el primer mes del curso, el tutor o tutora realiza una evaluación inicial que será el punto de referencia del equipo docente para la toma de decisiones.

4. Posteriormente, se adoptarán, cuando sean necesarias, las medidas de atención a la diversidad oportunas (agrupamientos flexibles y no discriminatorios, desdoblamientos de grupos, apoyos en grupos ordinarios, programas y planes de apoyo, actividades de refuerzo y recuperación, etc.).

5. En caso necesario, frecuentemente para alumnado con D.I., la adaptación curricular puede ser lo más apropiado como medida a adoptar para dar respuesta a las necesidades educativas especiales.

6. Se adoptan acuerdos para la coordinación del profesorado y de los profesionales y las profesionales que han de intervenir.

7. Se determinan los criterios para la colaboración de los representantes legales del alumno o alumna y la información y el asesoramiento durante el proceso educativo."

(MANUAL DE ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO DERIVADAS DE DISCAPACIDAD INTELECTUAL. EDITA: Junta de Andalucía. Consejería de Educación. Dirección General de Participación y Equidad en Educación)

¿Qué es la Evaluación Psicopedagógica?

La ORDEN de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula la realización de la evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización define la evaluación psicopedagógica conforme a lo establecido en el artículo 6.1 del Decreto 147/2002, de 14 de mayo, entendiéndola como el “conjunto de actuaciones encaminadas a recoger, analizar y valorar la información sobre las condiciones personales del alumno o alumna, su interacción con el contexto escolar y familiar y su competencia curricular”.

¿Cuáles son las modalidades de Escolarización?

"El Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenación de la atención educativa al alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales establece que la escolarización en los centros ordinarios se podrá organizar en las modalidades siguientes:

a. En un grupo ordinario a tiempo completo.
Este alumnado sigue el currículo de referencia de su grupo –clase, pudiendo recibir adaptaciones de acceso al currículo como ayudas técnicas u otras medidas de atención a la diversidad: refuerzo educativo, adaptaciones curriculares poco significativas, trabajo en grupos flexibles, etc.

b. En un grupo ordinario con apoyos en periodos variables.
Este alumnado, si bien requiere una atención personalizada específica, puede participar en mayor o menor medida en las actividades de su grupo ordinario. Dicho grado de participación varía en función de las necesidades educativas que el alumnado presente, de sus competencias, de las adaptaciones curriculares y de los medios personales y materiales que precise.

c. En un aula de Educación Especial
El alumnado en esta modalidad requiere una adaptación significativa y en grado extremo de los ámbitos y/o áreas del currículo oficial."

(MANUAL DE ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO. EDITA: Junta de Andalucía. Consejería de Educación. Dirección General de Participación y Equidad en Educación).

Discapacidad intelectual



El MANUAL DE ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO DERIVADAS DE DISCAPACIDAD INTELECTUAL define la discapacidad intelectual de esta manera:


"Según la Asociación Americana sobre Retraso Mental (AAMR): Retraso mental es una discapacidad caracterizada por limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual y en la conducta adaptativa que se manifiesta en habilidades adaptativas conceptuales, sociales y prácticas. Esta  discapacidad comienza antes de los 18 años (Luckasson y cols., 2002).
La discapacidad no debe entenderse como un elemento propio únicamente de la persona, debemos considerar la discapacidad como una expresión de la interacción entre la persona y el entorno. Se comienza a entender la discapacidad como un estado de funcionamiento de la persona, dejando por
tanto de identificarla como una característica de la misma (ya no se entiende como tener un color u otro de ojos, sino como estar o no delgado), ya que esta característica no es permanente o inamovible y puede variar significativamente en función de los apoyos que reciba la persona.
Desde esta perspectiva interaccionista se plantean tres elementos que se encuentran en estrecha relación. Las posibilidades o habilidades del niño o niña, en relación a los distintos entornos en los que participa  habitualmente, las posibilidades de participación funcional en estos entornos, y por la adecuación del conjunto de apoyos y respuestas que las personas con las que interaccionan (familiares, profesionales) les puedan proporcionar."